RIGE EN EL PAÍS EL SILENCIO ELECTORAL
El Alto, 15 de octubre de 2020 (APA).- Desde las cero horas de hoy, rige en el país el silencio electoral donde están prohibidas las manifestaciones públicas de apoyo o rechazo a las candidaturas que participan en los comicios generales y la difusión de propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
La Ley 026 de Régimen Electoral emitida por el Tribunal Supremo
Electoral (TSE) establece que dichas prohibiciones rigen hasta las 6 de la
tarde de la jornada de votación del 18 de octubre de este año.
Durante ese periodo, los medios de comunicación no podrán difundir
ningún tipo de contenido propagandístico, informativo o de opinión que pueda
favorecer o perjudicar a una organización política o candidatura, o programas
que, mediante opiniones o análisis respecto a las fuerzas políticas o
candidaturas, puedan influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
De acuerdo a la disposición, desde el viernes 16 de octubre hasta 12
horas del día siguiente de la elección está prohibido expender o consumir
bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles,
restaurantes y cualquier otro establecimiento privado.
El Órgano Electoral recordó que las prohibiciones del día votación, que
rigen desde las 00.00 hasta las 24.00 del 18 de octubre, son:
1. Realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.
2. Trasladar electores de un recinto electoral a otro por cualquier
medio de transporte y en caso de infracción se remitirán los antecedentes al
Ministerio Público, según lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 026.
3. La circulación de vehículos motorizados particulares, oficiales o de
servicio público, excepto aquellos que tengan la autorización del TSE o los
Tribunales Electorales Departamentales (TED).
Los infractores serán detenidos por la Policía hasta las 00.00 del 19
de octubre y su vehículo será devuelto previo pago de la multa.
4. El servicio de transporte terrestre, lacustre, ferroviario, aéreo y
por las líneas de la empresa Mi Teleférico, así como los vuelos nacionales,
viajes interdepartamentales e interprovinciales.
Quedan exentos de esta prohibición los vuelos internacionales en
tránsito o los vuelos que se originen, arriben o tengan por destino Bolivia.
5. Portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y
peligrosos para la seguridad de las personas desde las 00.00 hasta las 24 horas
del día de los comicios, quedan exentos de esta norma los efectivos de la
Policía y las Fuerzas Armadas, que se encargan de mantener el orden público.
6. La apertura de locales comerciales, restaurantes, patios de comida,
supermercados y mercados.

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